Clasificación de los bienes y servicios

Fuente: Wikipedia.

Clasificación de los bienes y servicios

Un bien es un objeto material o servicio inmaterial cuyo uso produce cierta satisfacción de un deseo o necesidad. Los bienes puede ser bienes libres (o ilimitados) cuyo acceso no es excluible y están disponibles en cantidades arbitrariamente grandes o bienes económicos o escasos que en general existen en cantidades limitadas y su asignación sigue algún tipo de procedimiento económico (mercado, racionamiento, reparto,…). Un ejemplo de bien libre sería el aire que se respira, que de hecho es necesario pero muy abundante, y por tanto no es susceptible de asignación mediante procedimientos económicos. Los productos sujetos a precio o condiciones restringidas de acceso, son ejemplos de bienes económicos.

Bien complementario

En mercadotecnia y microeconomía, un bien complementario es un bien que depende otro y estos, a su vez, dependen del primero. Debido a esta relación, cuando sube el precio de uno de los bienes, disminuye la demanda.

Entre los factores que determinan la demanda de un producto se encuentra el precio de los otros productos. Según como sea esta influencia se distinguen bienes complementarios y bienes sustitutivos.

Se dice que un bien «A» es complementario de otro «B», cuando la subida del precio de «A» provoca una disminución de la cantidad demandada del bien «B».

Bien comunal

Se denomina bien comunal o procomún (de pro, provecho, y común) a un determinado ordenamiento institucional en el cual la propiedad está atribuida a un conjunto de personas en razón del lugar donde habitan y que tienen un régimen especial de enajenación y explotación. De esa forma, ninguna persona individual tiene un control exclusivo sobre el uso y la disposición de un recurso particular bajo el régimen de procomún.

Los bienes comunales surgen durante el periodo feudal en Europa como el conjunto de bienes -la mayoría inmuebles– que eran concedidos a un señorío para su explotación: feudos. Tras la progresiva desaparición del feudalismo a partir del siglo XIII, estos bienes pasaron a formar parte de las villas y ciudades que habían ido naciendo a lo largo del tiempo alrededor de las castillos y demás asentamientos feudales. Ya no eran propiedad de un señor, sino de la comunidad en su conjunto. Pronto fueron regulados por los distintos fueros. Una parte de aquellos orginarios bienes pasaron a ser propiedad exclusiva de los antiguos señores, pero otros engrosaron el patrimonio del común de los ciudadanos. Los fueros regularon su explotación que estaba sujeta a limitaciones de todo orden. Como características singulares eran bienes no enajenables y la explotación de los mismos debía llevar aparejado el respeto y cuidado del bien. La capacidad de regular su uso fue quedando en manos de los distintos pueblos, hasta que las legislaciones municipales a partir de los siglos XVIII y XIX permitieron a los municipios un alto nivel de autorregulación.

Bien común (economía)

Un bien común o recurso de propiedad común es un tipo particular de bien económico natural o fabricado por el hombre, cuyo tamaño, extensión o características hace muy costoso, sino imposible, excluir de su disfrute o uso a potenciales beneficiarios. A diferencia de los bienes públicos puros los bienes comunes están sujetos a problemas de congestión o saturación por sobreuso o sobreexplotación por riesgo moral.

Típicamente este tipo de bien o recurso consiste una masa de reserva, cantidad que se denomina variable stock, de la que es posible extraer un cierto número de unidades por unidad de tiempo, cantidad que se denomina variable flujo. Mientras que la masa de reserva necesita ser protegida para permitir su explotación sostenible, las unidades extraídas pueden ser completamente extraídas y consumidas.

Bien económico

Los bienes económicos o escasos, por oposición a los bienes libres, son aquellos que se adquieren en el mercado pagando por ello un precio. Es decir, bienes materiales e inmateriales que poseen valor económico y por ende susceptible de ser valuados en términos monetarios. En este sentido, el término bien es utilizado para nombrar cosas que son útiles a quienes las usan o poseen. En el ámbito del mercado, los bienes son cosas y mercancías que se intercambian y que tienen alguna demanda por parte de personas u organizaciones que consideran que reciben un beneficio al obtenerlos.

Bien fungible

Los bienes fungibles son una clasificación de los bienes utilizada en el derecho en dos sentidos: como aquellos que no se pueden usar conforme a su naturaleza si no se consumen (también conocidos como bienes consumibles), y como aquellos que tienen el mismo poder liberatorio, es decir, que se miran como equivalentes para extinguir obligaciones.

El caso más típico de bien fungible es el dinero, pero se engloban en esta categoría todos aquellos bienes muebles que se consumen (gastan o desaparecen) para su poseedor con el primer uso, aunque pueden mantener su existencia física.

Bien inferior

Bien Inferior es, en las ciencias de la Economía, un tipo especial de bien cuya demanda responde de forma opuesta a los efectos de ingreso (o renta) que como responden los bienes normales: al aumentar el ingreso de un individuo (medido como el salario nominal o el ingreso per cápita), éste compra menor cantidad del bien o evita comprarlo del todo. En efecto macroeconómico, entonces, un aumento de la renta tiene como efecto una menor cantidad demandada de un bien inferior.

Cabe notar que un bien inferior ve aumentada su demanda como respuesta al mayor ingreso disponible, y no como respuesta a una mayor cantidad de dinero disponible (Liquidez (economía)).

Bien normal

En economía un bien normal es aquel que, al aumentar la renta del consumidor, también aumenta la demanda de dicho bien.

Definición

En microeconomía, al estudiar los factores que determinan la demanda de un bien se enumeran los siguientes elementos de influencia: el precio del propio bien, la renta del sujeto que demanda, el precio de los otros bienes y los gustos o preferencias de los ciudadanos.

Al profundizar en la influencia de la renta de un sujeto sobre la demanda de un bien se observa que la reacción de la demanda de un individuo, por los cambios que se produzcan en su renta, puede ser de diferentes tipos. Así se distinguen diferentes categorías de bienes, según cual sea esa reacción.

Los bienes denominados normales son aquellos que ante un aumento de la renta del consumidor, la demanda de dicho individuo hacia ese bien también aumenta. Al contrario cuando la renta del individuo desciende, también desciende el consumo de ese bien, es decir el consumo de ese bien varía en el mismo sentido que la renta del individuo.

Ejemplo

A título de ejemplo si estudiamos el comportamiento de una consumidora, por ejemplo Laura con respecto a los zapatos, comprobamos que Laura que tiene una renta de 15.000€ anuales compra 2 zapatos al año, sin embargo cuando su renta asciende hasta los 50.000€ anuales su consumo de zapatos se incrementa hasta 6 zapatos al año, entonces podemos afirmar que los zapatos se comportan como un bien normal. Este análisis será correcto en la medida en que en el caso que hemos estudiado hayan permanecido invariable el resto de los factores que influyen en la demanda de zapatos.

Bien ordinario

Un bien ordinario es aquel bien económico que se caracteriza porque su nivel de consumo aumenta cuando su precio desciende y el nivel de consumo baja si su precio aumenta (manteniendo idénticas las demás condiciones). Es el opuesto al bien de Giffen.

Bien público

En economía, un bien público es un bien económico cuya naturaleza conlleva dos características básicas: la no rivalidad en el consumo y la imposibilidad de aplicar el principio de exclusión de los beneficios (por medios físicos o legales) a terceros.

El problema que entrañan los bienes públicos es que el mercado no valora adecuadamente estos productos y proporciona un suministro distinto del que sería eficiente, por lo en muchas ocasiones que hay emplear procedimientos de suministro del bien que salve estas dificultades.

Bien suntuario

En la economía, un bien suntuario o bien de lujo es una clase de bien económico para el cual su demanda aumenta más deprisa que la renta, lo cual lo diferencia de los bienes inferiores y los bienes normales. Los bienes suntuarios tienen una alta elasticidad de demanda: a medida que aumenta la renta de la economía doméstica, aumenta su consumo de bienes suntuarios. Esto también significa que, si cae la renta, la demanda dismuye también.

La elasticidad de la demanda no es constante respecto al ingreso, y puede variar de acuerdo al nivel de ingreso. Un bien de lujo para un nivel de ingreso determinado puede convertirse en un bien normal o incluso en un bien inferior para niveles de ingreso superiores.

Bienes de propios

Se llaman así a los bienes propiedad de un municipio que proporcionan una renta al mismo por estar alquilados. Generalmente son fincas rusticas, prados, dehesas, montes etc. El municipio las alquila, obteniendo así unos ingresos económicos. También se conocen como «Los bienes propios» o «Los propios».

Bienes gananciales

Se denominan bienes gananciales, en Derecho, a todos aquellos bienes que forman parte de una comunidad de bienes gananciales de un matrimonio.

La característica principal de dichos bienes es que pertenecen a ambos cónyuges por igual, independientemente de quién de los dos los haya obtenido y lo normal es que para disponer de ellos baste con que el negocio jurídico lo acuerde uno de los dos cónyuges siempre y cuando exista la aceptación del mismo por parte del otro cónyuge.

La inclusión o no de los bienes del matrimonio en la comunidad de bienes gananciales dependerá del régimen económico matrimonial por el que los cónyuges hayan optado.

Lo contrario a los bienes ganaciales son los bienes privativos, que dentro de un matrimonio pertenecen únicamente a uno de los dos cónyuges, por distintos motivos desarrollados en la ley concreta aplicable al caso.

En caso de disolución del matrimonio, los bienes gananciales deben ser repartidos por igual entre los dos cónyuges.

Lista de bienes gananciales

En España, según el artículo 1.347 del Código Civil son los siguientes:

1. Los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges.

2. Los frutos o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales.

3. Los adquiridos a título oneroso a costa del caudal común.

4. Los adquiridos por derecho de retracto de carácter ganancial, aun cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho.

5. Las empresas fundados durante la vigencia de la sociedad de gananciales por cualquiera de los cónyuges a expensas de bienes comunes.

Bienes libres

Bienes libres son todos aquellos que se utilizan para satisfacer necesidades, pero que no poseen ni dueño ni precio, son abundantes y no requieren de un proceso productivo para su obtención. Ejemplo de ellos es el agua de mar, la luz solar o el aire.

Se denominan también bienes no económicos, en contraposición al bien económico.

Bienes muebles

Los bienes muebles, por oposición a los bienes inmuebles, son todos aquellos bienes personales depositados en estancias que son transportables, pero que uno no suele llevar consigo. Esto incluye, pero no se limita, a los elementos decorativos de una vivienda.

En el Derecho se incluyen diferentes objetos bajo esta denominación dependiendo de la rama en que se esté trabajando. Así en Derecho civil no se consideran cosas muebles aquellas que naturalmente van adheridas al suelo u otras superficies (lavabos, baldosas, lajas, etc) mientras que éstas si son consideradas muebles para el Derecho penal (por ejemplo, pueden efectivamente ser objeto de hurto).

Bienes sustitutivos

Introducción

Los bienes sustitutivos se pueden encontrar cuando la elasticidad precio demanda cruzada entre bienes es positiva. Es decir, si aumenta el precio de un bien y debido a ese cambio la demanda por otro bien aumenta, se dice que el primero es sustituto del otro.

Concepto

En economía, un bien se considera un bien sustitutivo de otro, en tanto en cuanto uno de ellos puede ser consumido o usado en lugar del otro en alguno de sus posibles usos. Ejemplos clásicos de bienes sustitutivos son las margarina y la mantequilla, o el petróleo y el gas natural. El hecho de que uno de los productos sea un bien sustitutivo de otros tiene consecuencias económicas inmediatas. En cuanto un bien puede ser sustituido por otro, la demanda de las dos clases de bienes será considerada conjunta por el hecho de que los consumidores pueden cambiar un bien por el otro si se convierte en algo ventajoso hacer eso. Así un incremento del precio de uno de los bienes (ceteris paribus) provocará un incremento de la demanda de sus bienes sustitutivos y una disminución del precio (ceteris paribus) provocará una disminución de la demanda de sus sustitutivos. De esta manera se puede predecir que una subida del precio de los coches incrementará el negocio del servicio de transporte público o que la caída de los precios de los teléfonos móviles significa un abandono de la demanda de teléfonos públicos..

Sustitutivos perfectos

Es importante subrayar que cuando se habla de bienes sustitutivos se hace de dos tipos diferentes de bienes, así la sustituibilidad de uno de los bienes por otro siempre es una cuestión de grado. Un bien es un sustituto perfecto de otro, solamente si puede ser usado exactamente de la misma forma y con el mismo resultado y entonces es cuando un consumidor no tiene ningún incentivo para preferir un bien sobre el otro. El hecho resultante es que hay pocos bienes sustitutivos perfectos excepto en dos entre dos bienes de la misma clase.

Sustitutivos imperfectos

Mucho más común es la existencia de bienes sustitutivos imperfectos de otros. Los televisores de tubo y los de pantalla plana por ejemplo pueden ser usados ambos para el mismo propósito, pero hay diferencias bastante significativas entre los dos, en términos de calidad de imangen, sonido, precio y espacio que ocupan. Como resultado ambos pueden sustituirse, pero hay consecuencias en la elección entre uno y otro: si compras un televisor de tubo en lugar de una pantalla de plasma, pagas menos, pero tendrás un producto de menos cualidades; si compras la pantalla de plasma, tendrás mejor calidad de imagen y sonido pero pagarás más. Sin embargo los dos tipos de televisores son bienes sustitutivos (aunque solo imperfectos): y así los cambios en el mercado que provocan un caída del precio de los televisores de plasma va a significar para los televisores de tubo casi la desaparición.

Lo contrario de un bien sustitutivo es un bien complementario.

En otras palabras, los bienes sustitutivos son un concepto económico en el que dos tipos de bienes son comparables. Mientras algunos pueden argumentar que los coches Audi y Seat son muy diferentes. Si el precio de Mercedes sube lo suficiente, algunos consumidores comprarán Seat en su lugar.

Bien de Giffen

Un Bien de Giffen es un producto que posee una curva de demanda con pendiente positiva. Esto significa que a medida que el precio del bien aumenta, los consumidores desearán adquirir una mayor cantidad de dicho bien, y cuando el precio de dichos bienes comience a descender, querrán adquirir una cantidad cada vez menor del mismo. Se puede discutir la existencia de estos bienes en el mundo real, pero hay un modelo económico que explica como una cosa así puede existir. Estos bienes reciben su nombre de Robert Giffen, al que atribuye esta idea Alfred Marshall en su libro Principles of Economics.

Para la mayoría de los productos, la elasticidad precio de la demanda es negativa. En otras palabras, precio y demanda se mueven en dirección contraria; si el precio sube, la cantidad demandada baja, y a la inversa. Los bienes de Giffen son una excepción a esto. Su elasticidad precio de la demanda es positiva. Cuando el precio sube la demanda aumenta, y a la inversa. Para ser un verdadero bien Giffen, el precio debe ser lo único que cambie para obtener una variación en la cantidad demandada, quedando los bienes de lujo al margen. El ejemplo clásico de Marshall es el bien inferior de los alimentos básicos, cuya demanda viene definida por la pobreza que hace a sus consumidores no poder consumir comida de mejor calidad. Según aumenta el precio de los alimentos básicos, los consumidores no se pueden permitir adquirir otros tipos de alimentos por lo que tienen que aumentar su consumo de alimentos básicos.

Análisis de los bienes de Giffen

Se deben cumplir tres condiciones para que se dé uno de estos bienes:

1. El bien en cuestión debe ser un bien inferior,

2. Debe haber una escasez de bienes sustitutivos, y

3. El bien debe representar una parte importante del presupuesto del consumidor.

si la precondición #1 se cambia a «el bien en cuestión debe ser tan inferior que el efecto renta sea mayor que el efecto sustitución», entonces la lista es condición necesaria y suficiente.

Inmueble

Inmueble, tienen esta consideración todos aquellos bienes, como casas o fincas, que son imposibles de trasladar sin ocasionar daños a los mismos, porque forman parte de un terreno o están anclados (pegado o clavado) a él. Viene de la palabra inmóvil. A efectos civiles los buques tienen la consideración de inmuebles.

Los comunes

Se llamaban comunes a los bienes propiedad de un municipio que no proporcionaban una renta al mismo y eran explotados de forma libre por los vecinos del lugar. Generalmente fincas rústicas. También se conocen como «Los bienes comunes«.

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